martes, febrero 14, 2012

El polémico artículo 12 de la reforma

Según los "liberales" del PP la propiedad del dinero que gana el empleado, no es sagrado.  La empresa es sagrada, le pertenece al empresario.  La propiedad del salario no es sagrado y por eso también le pertenece al empresario.
Ese artículo es suficiente para la huelga general porque permite a un individuo apropiarse de lo ajeno y disponer de ello a su medida.

Sencillamente ese artículo ni siquiera debería plantearse ni por imaginación.
El salario y la jornada laboral no pueden decidirse bajo la administración y dirección de una empresa.  
La jornada son 8 horas y el salario es el que se haya negociado.
Una vez negociado, se acabó.
La reforma dice que NO.  Que podrá modificarse según los planes de la empresa.

Gracias al PP el discurso antidiluviano de los chupicatos se actualiza a pasos de gigante: los trabajadores se quedan a la voluntad y albadrío de sus jefes según a éstos les venga mejor conforme a sus proyectos e intereses.  Lo escrito en un contrato o negociado anteriormente no sirve para nada ya que puede ser modificado por decisión de la directiva en cualquier momento. 

Osea que nos acercamos al siglo XIX cuando esos discursos reflejaban una realidad brutal.
Una buena información sobre esa ley a la gente, y los medios de comunicación de la derecha se tragan el bollo del descrédito chupical y se podrían encontrar con una huelga general aplastante y secundada.

Quizás una huelga general les refrescaría la memoria a estos "liberales" del PP, y en concreto a la Sra. Bañez que el salario es una propiedad de un individuo con nombre y apellidos, ciudadano o inmigrante.
Que el liberalismo no acepta a "papaíto estado" y por ende, también rechaza a "papaíto empresario".  Que mi jefe no es mi "papá", que no queremos a más papás.  Que se vayan de una vez con sus "papás" a la porra.

Y lo suscribo tras leer el artículo 12 de la ley que se puede bajar desde aquí:
Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Se encuentra en la página 21:
Artículo 12.  Modificación sustancial de condiciones de trabajo.




5 comentarios:

  1. Anónimo10:17 p. m.

    Bien, lo que cuentas es exactamente lo contrario de lo que sucede en el país más rico, libre y democrático del Mundo : Los EE.UU. de America.

    Cada empleado puede ser contratado al precio que el empleador quiera y el empleado acepte, y puede ser despedido al día siguiente sin más trámites. Y es en donde menos parados hay, y menos explotados por los empresarios.

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  2. Hola Javier.
    No discuto los términos del despido, sino que el empresario me manipule el sueldo a su conveniencia.
    El despido si genera empleo, vale. pero el sueldo es algo negociado y firmado por escrito por ambas partes.
    Eso conlleva un compromiso por ambos.
    La reforma permite al empresario convertir ese compromiso en papel mojado y le da potestad para romperlo unilateralmente.
    No has ledo ni la ley ni mi post ¿por qué? Pues porque estás centrado en el despido y se te ha escapado el resto.
    Son 64 páginas, Javier. Sobre el despido de 20 días sólo ocupa 3 de ellas.
    Mi sueldo es de mi propiedad y no es cedible esa propiedad a manos ajenas.
    Los compromisos firmados por ambas partes deben cumplirse y no dejar a "una sola de las partes" la facultad de no cumplirlo si lo considera necesario.
    Eso va hasta contra la lógica de cualquier ley.

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  3. Kielvi..., el sueldo es de tu propiedad, pero el empresario es el que arriesga su dinero, que también es de su propiedad. Por lo tanto, no se le puede imponer a un empresario un acuerdo colectivo que le haga arruinarse y cerrar, como ya se han cerrado, miles de empresas, sobre todo Pymes.¿Qué ganan con eso los tarabajadores, más que paro..?

    Que no hay dinero ni crédito es un hecho que deberemos afrontar entre todos, las mejoras sociales son para épocas de bonanza económica, ahora se trata de impedir la desaparición del tejido empresarial y con el de millones de puestos de trabajo. Esto es lo que ha estado ocurriendo hasta ahora.

    También mi sueldo es mío y ya he perdido un 20% del mismo siendo personal estatutario de carrera, o sea, por oposición. Si alguna vez salimos de esta, será hora de volver a buscar mejoras pero ahora hay que sacar del paro, como sea, a millones de españoles.

    La huelga lo único que hará será empeorar el problema. Los costes económicos solo generarán más ruina.

    Si el empresario pacta un sueldo que luego no puede mantener, es preferible negociarlo y mantener la empresa, pero no olvides que la consecuencia de mantener esa empresa es, siempre, mantener puestos de trabajo.

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  4. Javier, que estás obsesionado con el despido. Que no he hablado del despido. Que no.
    Porfa, leete la ley y el post. Verás que hablo de la manipulación a su voluntad por parte de la empresa del salario del empleado sin tener que decirselo hasta 15 días antes.
    De verdad, que no he tocado el despido

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  5. Hola Candela.
    No hay nadie más que yo que esté en contra de los convenios colectivos por sectores porque solo beneficia a los chupicatos ya que estos negocian sus honorarios y punto.
    También la patronal se lleva buenos picos de sus negociaciones y todavía no leo nada al respecto.
    Si quieres abro un hilo o abrelo tu misma si lo deseas.
    Lo que planteo es la inseguridad jurídica que implica que tras firmarse un acuerdo (hablo de la nómina) el empresario tenga la POTESTAD de revocarlo. Eso convierte el contrato de trabajo en papel mojado que no sirve para nada ante ninguna ley.
    ¿Hay algo más demencial?
    Te quedas al pairo, sin cobertura legal que te asiste un contrato firmado que se supone que obliga a ambas partes al cumplimiento de lo estipulado en él.

    Las penurias de las empresas son tan penosas como las de los empleados. Y si, el empresario arriesga su dinero pero cuando ve que no puede cumplir un contrato lo que tramita es el despido directamente.
    ¡No negocia, despide!

    En la empresa privada, en la cual he estado toda mi vida laboral cuando un empresario ve que su beneficio cae empieza a tomar medidas. Significa que la función que hacía esos empleados se hace inútil y ya esa sección NO SIRVE para mantener la empresa.
    No sólo despide, además se deshace de esa sección.
    En fins, pondré un hilo más aclaratorio y con más detalle. A ver si consigo centrar el hilo en la falta de cobertura legal que provoca el artículo 12

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